El divorcio por justicia alternativa agiliza el proceso de divorcio, no teniendo que pasar un proceso confrontativo del juicio ordinario, cuando ambos consortes acuerdan divorciarse y son mayores de edad, y de común acuerdo liquidan el vínculo matrimonial.
El costo del Divorcio es de $15,000 pesos M.N. divididos en tres pagos de la siguiente forma:
– $5,000 pesos M.N. al inicio del trámite
– $5,000 pesos M.N. el día de la firma del Divorcio
– $5,000 al momento de recibir el Acta de Divorcio.
*Para agendar firma es necesario haber presentado con al menos 3 días hábiles de anticipación la documentación completa.
Duración del trámite El recibir el Acta de Divorcio toma alrededor de 3 meses a partir del día de la firma.
Actas de nacimiento de las partes y de los hijos menores, expedidas con una antigüedad menor a un año, en caso de ser de otros estados es necesario que la copia certificada contenga los datos de: Registro, Libro, Número de Acta, Oficialía o Juzgado, y Municipio.
Acta de Matrimonio expedida recientemente, con una antigüedad menor a un año.
Revisar las anotaciones en las actas de nacimiento y matrimonio de las partes, en caso de que contenga una anotación de matrimonio diverso, anexar acta de divorcio.
Cuando existan hijos, verificar que efectivamente sean mayores de edad y se acredite con sus actas de nacimiento.
Que el certificado médico cumpla con los requisitos establecidos: que sea de una Institución Pública, firmado por médico titulado, estado de gravidez (expresamente negativo) y no mayor a 30 treinta días naturales y que este sea de fecha anterior a la celebración del convenio.
Los documentos que son requisitos esenciales para el divorcio (certificado médico, plática de avenimiento) deben ser de fecha previa a la de celebración del convenio.
Cuando se trate de documentos extranjeros, bastará con dejar copia cotejada de dicho documento dentro del expediente.
No es necesario anexar la constancia de inexistencia de hijos, pero si se deberá plasmar en el convenio la manifestación bajo protesta de decir verdad que no los tienen o en su caso que son mayores de edad, que son capaces y que no requieren alimentos.
Anexar los comprobantes de domicilio de las partes que vengan a nombre de estos mismos o en su defecto que coincida por lo menos un apellido.
No será necesario que transcurra un año para volver a contraer matrimonio ni para divorciarse, de conformidad con los criterios y tesis jurisprudenciales en materia de derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Comprobantes de domicilio no mayor a tres meses de ambos cónyuges (original y copia).
Credenciales de elector o pasaportes vigentes (original y copia) de los cónyuges.